martes, 31 de enero de 2012

ÚLTIMA HORA EN EL CONFLICTO DE #MCEdiciones

Como ya comenté en el editorial anterior, el pasado 10 de enero de 2012, MC Ediciones entró en Concurso de Acreedores Voluntario. Desde entonces, salvo los medios de comunicación que siguen dándonos la espalda, muchos lectores de las revistas que dirijo, fotógrafos, colaboradores y proveedores de servicios (agencias de comunicación, publicidad y oficinas de turismo) os habéis interesado por los avatares de los 166 trabajadores de la empresa y los 575 acreedores. Es más, me consta que el “cierre” de Rutas del Mundo fue el chascarrillo estrella de la última edición de FITUR y es por eso, entre otras cosas, que vuelvo sobre el asunto para disipar dudas.

Primero: Las cabeceras son un activo
Ni Rutas del Mundo ni ninguna de las 76 revistas de MC Ediciones ha cerrado
. Las cabeceras de la editorial son un activo de la misma y, por lo tanto, la única fuente de ingresos, por venta o por publicidad, de MC Ediciones. Me remito al comunicado oficial donde se asegura que “Coedis no podrá abonar los pagos que le debía por las ventas de las publicaciones” y que ésa es la razón de la Suspensión de Pagos. Al inicio de este proceso muchos valoraron “cobrar” sus indemnizaciones a través de la adquisición de cabeceras pero es un macutazo. No hay ninguna intención por parte de la empresa de vender o malvender su fuente de negocio.

Segundo: ¿Sólo saldrán diez revistas?
No consta en los autos del Procedimiento Concursal Ordinario 16/12 del Juzgado Mercantil nº7 de Barcelona, ningún plan de viabilidad
(MC Ediciones no tiene, tampoco, obligación de presentarlo en este momento). En cualquier caso, el Comité de Empresa (la voz autorizada de los trabajadores) explicó en una asamblea general de trabajadores que salvo 10 publicaciones ( FHM, DT, Stuff, Clío, Qué Leer, Integral, Más Allá de la Ciencia, Horóscopos, Metal Hammer y Casa Viva) cesaban su producción de febrero el resto de publicaciones.
La reacción inmediata es creer, erróneamente, que estas publicaciones se salvan y que el resto están condenadas. Lo que no se dice es que muchas ediciones de enero fueron atrapadas por el concurso de acreedores de Coedís (la distribuidora de MC Ediciones) y que están listas para ponerse a la venta. Esta próxima semana (del 29 de enero al 2 de febrero) salen a la venta, entre otras, Rutas del Mundo nº 249 y el Especial Penthouse, por ejemplo. ¿Para qué habían de hacer producción nueva si se podía comercializar todo ese papel? La poca transparencia lo único que consigue es división; ya lo dijo Julio César: “Divide y vencerás”.

Tercero: Mentiras.
Ya que estoy de frases célebres no está de más recordar al filósofo alemán Friedrich Nietzsche cuando asegura que “Lo que me preocupa no es que me hayas mentido, sino que, de ahora en adelante, ya no podré creer en ti”. La frase viene al caso de la documentación aportada al juzgado de lo mercantil de Barcelona donde se dice que MC Ediciones “apuesta por la continuidad del negocio y que no existen deudas con los trabajadores” (sic). ¿Qué no existen deudas? ¿Acaso no se le debe a la plantilla la paga extra de Navidad, y el 50% de la nómina de diciembre?. Queda por ver, además, si antes del día 1 piensan abonar o no la nómina de enero. ¿Eso no es una deuda?
También se afirma que no existe ERE iniciado ni se prevé su iniciación. Si no se prevé ERE ¿de qué "crisis" estamos hablando? Si no se dice toda la verdad... luego no podré creer en lo que la dirección nos diga.

Cuarto: ¿Pueden cobrar los acreedores?
Según consta en la documentación a la que he podido tener acceso, la deuda contraída es de 15,309,037 millones (menor a lo que se conocía a través de los medios de comunicación). Según Digimedios, en 2010, la cifra de negocio alcanzó los 22 millones de euros, con un beneficio de explotación de 800.000 euros. En las cuentas de ese año, ya se reflejaba un pasivo corriente superior a los 16 millones de euros, de los que 8 millones eran deudas con entidades de crédito y otros 8 millones de acreedores comerciales, incluidos proveedores. Yo no he visto tanta pasta junta en mi vida pero pese a eso, al tratarse de una masa pasiva inferior a 100 millones es un proceso ordinario... ¿eso significa que no cobrarán los colaboradores?
La ley concursal establece que, en el caso de los trabajadores, el salario correspondiente a los últimos 30 días (el último mes) tiene la consideración de "crédito superprivilegiado" mientras que el resto de salarios (resto de meses) adeudados por el empresario, tienen la consideración de "créditos singularmente privilegiados", esto quiere decir que, en caso de que la empresa sea declarada en concurso, el crédito (salarios) de los trabajadores gozan de preferencia en el cobro respecto de otros créditos (resto de acreedores que tenga el empresario).
A continuación vienen las administraciones (Hacienda, Seguridad Social –o lo que quede de ella- etc...) y por último los colaboradores. Pero eso es en caso de LIQUIDACIÓN. En la fase actual del proceso un administrador concursal debe revisar las cuentas, intervenir los activos y dispone del patrimonio de la empresa. Patrimonio que, para mi sorpresa (y supongo que la de muchos) sólo consta un inmueble en Madrid. Imagino que es la sede de la calle Orense.
Ahora sabemos, además, que el “administrador” es, en realidad, una empresa. Por si no sabéis como se designan, los candidatos a administradores judiciales se registran a comienzos de año en el juzgado y éste les reciben los concursos en base, digamos, a "afinidad" personal. “De esta forma –me explica un abogado que está en el proceso y que prefiere seguir en el anonimato- los más jugosos son para "colaboradores"".
Aunque no viene al caso, este abogado me recomienda echar un vistazo al tema de corrupción en ese tema por la contratación de jueces en jornadas (remuneradas) organizadas por ciertos despachos, fundamentalmente en Andalucia y Cataluña. Pero como diría Jordi Pujol, “aixó avui no toca”. Todo esto venía al caso de que el administrador concursal de MC Ediciones es un gabinete, concretamente, Convenia Profesional S.L.P. que tiene que emitir un informe en un plazo de 60 días. Naturalmente para que la deuda sea reconocida necesitas haber entregado todas tus facturas y rellenar la correspondiente documentación que te proporcionará tu director a través de RR.HH o puedes dirigir al Administrador Concursal que es el destinatario final de la misma.
Para ser acreedor no hace falta abogado ni procurador; sólo hace falta firmar la deuda que te presenta el administrador; otra cosa es que no estés de acuerdo con la cantidad y debas documentar tu deuda, para lo que va bien la ayuda de un abogado; pero estos papeles los puede presentar el acreedor, por lo tanto no hace falta procurador).
Seguiré informando pues, a día de hoy, aún no ha sido publicado en el BOE el concurso de acreedores. Puedes seguir toda la actualidad en Twitter el hastag #MCEdiciones.



1 comentario:

  1. Dices que el numero 249 saldria a la venta,...a dia 30 de marzo, no lo he encontrado en ningun sitio. Ha salido?

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